Para AFIP, los viejos talonarios C de Monotributistas (sin la CAI) podrán utilizarse hasta que se agoten. Asi lo confirmó el titular, Ricardo Echegaray, por lo que continuarán vigentes hasta que el contribuyente necesite realizar nueva impresión con los nuevos comprobantes.
«A partir del 1º de enero de 2015 comenzará a regir un nuevo régimen para autorización de impresión de boletas, pero aquellas que estén impresas se podrán seguir utilizando», indicó el funcionario.
La RG 3665 fijó nuevos controles en la aprobación de la impresión de las facturas y otros comprobantes, principalmente la obligación de presentar la solicitud por Internet directamente en la página de la AFIP y con la utilización de la clave fiscal. En dicha RG queda claro que las boletas impresas quedaran fuera de circulación desde el 1º de enero y que deban ser cruzadas con la nómina: «Anuladas».
Sin embargo, Echegaray indicó ayer a sus funcionarios en medio de una conferencia de prensa que tomaran nota para emitir una «aclaratoria» respecto de que a partir del 1º de enero sólo entra en vigencia la obligación de una autorización electrónica para la nueva emisión de comprobantes. En consecuencia, al parecer (hasta tanto no se emita una aclaración) los talonarios ya impresos seguirán siendo de curso legal hasta su finalización.