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Nuevo Plan de Facilidades de AFIP «Puente Fiscal»

Desde el 01/08/2017 hasta el 31/10/2017 se podrá acceder al beneficio de adhesión al nuevo Plan de Pago instrumentado por RG 4099-E.

El nuevo plan «Puente Fiscal» será el nexo entre los «Planes permanentes» vigentes y un nuevo «Plan Permanente» que entrará en vigencia el 01/11/2017.

Deudas que se pueden incluir

Deudas impositivas, de seguridad social, retenciones y percepciones, así como los intereses correspondientes a:

  • Deudas vencidas entre los días 1 de junio de 2016 y 31 de mayo de 2017, ambos inclusive.
  • Deudas vencidas hasta el 31 de mayo de 2017, inclusive (actividades de servicios de salud y/o enseñanza).
  • Deuda proveniente de la reformulación de los actuales planes que fueron implementados por la Resolución General N° 3.827.

Cantidad de cuotas

las Cuotas mensuales serán según el tipo de deuda, por un monto mínimo de $1.000

  • Obligaciones anuales, aportes, retenciones y percepciones: 12 (Doce)
  • Obligaciones mensuales (IVA, Contribuciones, Monotributo): 24 (Veinticuatro)
  • Reformulación de Planes Vigentes: 12 (Doce)

Pago a Cuenta

El plan tendrá en cuenta la Categoría en el Sistema de Perfil de Riesgo (SIPER), que se diferencia entre el 5% de la deuda o el 10%:

  • 5% de la deuda consolidada, cuando se trate de sujetos que encuentren en las categorías “A”, “B” o “C”, el cual no podrá ser inferior a UN MIL PESOS ($ 1.000)
  • 10% de la deuda consolidada, de tratarse de sujetos con categoría “D”, “E” y aquellos que no se encuentren categorizados en el citado sistema, el cual no podrá ser inferior a UN MIL PESOS ($ 1.000)

Obligaciones excluidas

  • Planes permanente vigentes (excepto reformulación)
  • Todo otro impuesto y/o concepto excluido en el plan permanente
  • IVA Trimestral e IVA diferido para PYMES
  • Impuesto a los combustibles líquidos
  • Deuda Aduanera
  • Impuesto al juego
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