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Responsables Inscriptos desde 2015 deben informar todas sus compras y sus ventas

La AFIP dispuso un nuevo Régimen Informativo de Compras y Ventas, a partir del 01/01/2015. Ello, a través de la RG 3685.

Esta medida tiene como objetivo continuar profundizando el control para impedir la evasión fiscal mediante la utilización de facturas apócrifas. Este nuevo régimen busca que determinados responsables suministren información respecto de las operaciones de venta, compra, exportaciones e importaciones definitivas de bienes y servicios, locaciones y prestaciones efectuadas y recibidas.

En palabras técnicas, es la mera transcripción de los libros Subdiarios, tanto de Ventas como de Compras incluyendo las operaciones gravadas, no gravadas y/o exentas del IVA de cada uno de los períodos mensuales y con los mismos vencimientos que IVA, ESTO ES DE CARÁCTER MENSUAL. Esta nueva norma reemplaza a los anteriores regímenes informativos: CITI compras y CITI Ventas.

 

VIGENCIA:

Desde 22 de Octubre de 2014  y resultarán de aplicación a partir del día 01/01/2015. No obstante se establecen plazos especiales para cumplimentar con la presentación de la información del régimen informativo correspondiente a los períodos que se indican a continuación, hasta la fecha de vencimiento fijada para la presentación de la declaración jurada del impuesto al valor agregado de los meses que, para cada caso, se detallan:a) Enero y febrero de 2015: mayo de 2015. b) Marzo y abril de 2015: junio de 2015. c) Mayo y junio de 2015: julio de 2015. d) Julio y agosto de 2015: agosto de 2015.

 

OBLIGADOS:

a) Los sujetos que integren la nómina que será publicada por AFIP en el sitio http://www.afip.gob.ar/comprasyventas. b) Los alcanzados por la Resolución General N° 2.485 (factura electrónica), sus modificatorias y complementarias, con excepción de los comprendidos por la Resolución General N° 3.067 c) Los responsables inscriptos en el impuesto al valor agregado a partir del día 1° de enero de 2014 d) Los sujetos inscriptos en el impuesto al valor agregado que estén alcanzados por el Régimen de Almacenamiento Electrónico de Registraciones.

 

RÉGIMEN DE INFORMACIÓN – OPERACIONES:

a) Compras, locaciones o prestaciones recibidas e importaciones definitivas de bienes y servicios b) Descuentos y bonificaciones recibidos, quitas, devoluciones y rescisiones obtenidas, que se documenten en forma independiente de las compras, locaciones y prestaciones c) Ventas, locaciones o prestaciones realizadas, exportaciones definitivas de bienes y servicios, así como todo otro concepto facturado o liquidado por separado, relacionado con las mismas o con su forma de pago d) Descuentos y bonificaciones otorgados, quitas, devoluciones y rescisiones efectuadas, que se documenten en forma independiente de las ventas, locaciones y prestaciones.

 

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