Saltar al contenido

AFIP lanzó un plan de pagos en hasta 120 cuotas

A través de la Resolución General 3756, AFIP dispuso un nuevo plan de facilidades de pago para regularizar obligaciones impositivas y de los recursos de la seguridad social, monotributo y autónomos cuyo vencimiento para la presentación de la DJ y pago hubiese operado hasta el 28/02/2015 inclusive. Se incluyen los intereses, actualizaciones y multas.

¿Qué obligaciones pueden incluirse?

  • Obligaciones impositivas y de los recursos de la seguridad social, vencidas al 28 de febrero de 2015, sus intereses, actualizaciones y multas.
  • Multas aplicadas o cargos suplementarios formulados por el servicio aduanero hasta el día 28 de febrero de 2015, sus intereses y actualizaciones.
  • El impuesto que recae sobre las erogaciones no documentadas.
  • Intereses y demás accesorios adeudados correspondientes a: retenciones y percepciones impositivas o previsionales por cualquier concepto, practicadas o no, excepto los aportes personales correspondientes a los trabajadores en relación de dependencia; los anticipos y pagos a cuenta; el impuesto al valor agregado por prestaciones de servicios realizadas en el exterior con utilización efectiva en el país.
  • Las deudas en discusión administrativa, contencioso-administrativa o judicial, así como en ejecución judicial, en tanto el demandado desista o se allane totalmente y, en su caso, asuma el pago de las costas y gastos causídicos.
  • Los ajustes resultantes de la actividad fiscalizadora de esta Administración Federal, siempre que los mismos se encuentren conformados por el responsable, que se hayan iniciado y registrado en los sistemas informáticos de este Organismo hasta el día 28 de febrero de 2015.
  • Las cuotas mensuales del impuesto integrado y las cotizaciones previsionales fijas de los sujetos adheridos al Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (Monotributo).
  • Obligaciones de cualquier naturaleza que hayan sido incluidas en planes de facilidades de pago presentados a través del Sistema “MIS FACILIDADES” que se encuentren en condiciones de caducidad al 28 de febrero de 2015, y sean susceptibles de ser incluidas.

 

¿Que conceptos quedan excluidos?

  • Obligaciones que hayan sido incluidas “Mis Facilidades” que se encuentren vigentes, cancelados o reformulados al día de su adhesión; los planes en condiciones de caducidad posteriores al 28 de febrero de 2015 y las diferencias de dichas obligaciones, excepto que surjan de un ajuste de inspección conformado.
  • Las retenciones y percepciones (impositivas o previsionales), por cualquier concepto, practicadas o no, excepto los aportes personales correspondientes a los trabajadores en relación de dependencia.
  • Los anticipos y/o pagos a cuenta.
  • El IVA que se debe ingresar por las prestaciones de servicios realizadas en el exterior cuya utilización o explotación efectiva se lleve a cabo en el país, (inc. d) del art. 1 Ley IVA).
  • Los aportes y contribuciones destinados al Régimen Nacional de Obras Sociales, excepto las correspondientes a los sujetos adheridos al Monotributo.
  • Las cuotas destinadas a las Aseguradoras de Riesgos del Trabajo (ART).
  • Los aportes y contribuciones con destino al Régimen Especial de Seguridad Social para empleados del Servicio Doméstico y Trabajadores de Casas Particulares.
  • Las cotizaciones fijas correspondientes a los trabajadores en relación de dependencia de sujetos adheridos al Monotributo, devengadas hasta el mes de junio de 2004.
  • Las cuotas de planes de facilidades de pago vigentes.
  • El impuesto adicional de emergencia sobre el precio final de venta de cigarrillos.
  • La contribución mensual con destino al Registro Nacional de Trabajadores y Empleadores Agrarios (RENATEA).
  • Los intereses (resarcitorios y punitorios), multas y demás accesorios relacionados con los conceptos precedentes.
  • Las obligaciones correspondientes a los sujetos denunciados penalmente por delitos previstos en las leyes 22415, 23771 o 24769 y sus respectivas modificatorias y complementarias, o por delitos comunes que tengan conexión con el incumplimiento de sus obligaciones impositivas, de los recursos de la seguridad social o aduaneras.

 

Hemos preparado las siguientes placas para explicar detalladamente el plan.

Print Friendly, PDF & Email

1 comentario en «AFIP lanzó un plan de pagos en hasta 120 cuotas»

  1. Pingback: AFIP dictó aclaraciones y complementó medidas del Plan de Facilidades a 10 años | LGB & ASOCIADOS - Contadores Públicos

Los comentarios están cerrados.